El pasado 29 de marzo, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Granada emitió una sentencia histórica en el reconocimiento de los derechos de los trabajadores y trabajadoras con discapacidad. El caso concierne a una trabajadora docente funcionaria con discapacidad auditiva por sordera profunda, que había obtenido su plaza en las oposiciones de 2011 por el turno de discapacidad. Sin embargo, tras la obtención de la plaza, durante más de 10 años, ha tenido que afrontar su día a día laboral sin adaptación alguna a su puesto de trabajo, tal y como afirma rotundamente la sentencia judicial, dando lugar a “la existencia de una situación de discriminación patente, manifiesta, flagrante e intolerable”. Por todo lo anterior se obliga a la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía a facilitarle un intérprete de lengua de signos y a que lleve a cabo todas aquellas medidas adaptativas que le sean necesarias para el desarrollo de su labor en condiciones de igualdad con sus compañeros y compañeras.
Desde el inicio de esta situación la trabajadora tomó un papel activo contra su propia discriminación. Así, desde el momento de la incorporación de esta al cuerpo docente hasta la presentación de la demanda, se presentaron unos 15 escritos y reclamaciones que pedían la adaptación al puesto de trabajo. Todas ellas fueron desestimadas por la Consejería de Educación. Sin embargo, dos servicios de prevención vinculados a la Administración andaluza reconocieron en sendas ocasiones la necesidad de que la trabajadora dispusiese de un intérprete de lengua de signos, entre otras adaptaciones. Estos servicios fueron: el Centro de Valoración y Orientación de la Delegación de Igualdad de Córdoba y el Área de Vigilancia de la Salud de la Consejería de Economía. Finalmente, los servicios jurídicos de USTEA presentaron un recurso contencioso-administrativo en el que se pedía precisamente que se adaptara el puesto mediante un intérprete de signos, entre otras cuestiones. Más tarde, un informe del Defensor del Pueblo Andaluz dio argumentos que sostenían las demandas interpuestas en favor de la trabajadora.
Y aunque la resolución del juicio, pandemia de por medio, ha tardado casi dos años, la espera ha merecido la pena, pues la contundencia de la sentencia judicial no deja lugar a dudas y supone un importante avance en el derecho al trato en igualdad de las personas trabajadoras discapacitadas. Si bien este derecho está reconocido por ley, en muchas ocasiones, y por criterios meramente economicistas, el camino al que se enfrentan estos trabajadores y trabajadoras para ver adaptado su puesto de trabajo está lleno de laberintos y de vías muertas, que los deja en un situación de desamparo. Esta frustración laboral y personal origina consecuencias negativas en la salud de dichas personas, tal y como apunta la propia sentencia judicial.
Es por ello, por lo que desde el sindicato USTEA nos alegramos por la trabajadora y por esta sentencia, porque entendemos que supone un hito en el camino del reconocimiento de los derechos y la dignidad de las personas discapacitadas. Animamos, pues, a todos los trabajadores y trabajadoras, docentes o no, que estén en una situación de discriminación laboral por su discapacidad, a que inicien la vía de la reclamación y de la demanda, en caso de ser necesario.
Más allá de las palabras, consideramos que en este momento la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía tiene una oportunidad inmejorable para sumarse, por la vía de los hechos, a la lucha contra la discriminación y por la igualdad de oportunidades. Para ello, no solo debe ejecutar cuanto antes la sentencia y llevar a cabo la adaptación al puesto de la trabajadora, sino que también debe hacer una revisión exhaustiva de todos los casos que estén en una situación de discriminación similar, solventando el problema con la adaptación pertinente. Desde USTEA seguiremos apoyando a este colectivo en sus justas reivindicaciones.