La CED establece en la ORDEN de 28 de septiembre de 2011, por la que se regulan los módulos profesionales de Formación en Centros de Trabajo y de proyecto para el alumnado matriculado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía:
Artículo 13. Seguimiento del módulo profesional de formación en centros de trabajo en los ciclos formativos.
13.4. El calendario de visitas establecido en el plan de seguimiento deberá contemplar un mínimo de tres visitas presenciales de seguimiento al centro de trabajo, distribuidas a lo largo del período en el que el alumnado cursa el módulo profesional de formación en centros de trabajo.
Las visitas realizadas se justifican por los centros con su correspondiente procedimiento y la CED paga los gastos de desplazamiento al profesorado que ha realizado las mismas.
Sin embargo, la misma Consejería publican unas Instrucciones de la Dirección General de Formación Profesional, sobre la gestión de gastos de seguimiento del módulo profesional de formación en centros de trabajo, con fecha de 31 de mayo de 2021, en las que indica que se cubrirán como máximo 3 visitas por alumna o alumno para el curso que ya está finalizando.
Segunda. Financiación.
1. La Consejería de Educación y Deporte, con cargo a sus créditos del programa de gastos de funcionamiento de centros que impartan Formación Profesional, contribuirá a la financiación de los gastos de desplazamiento que se originen en la realización de las visitas de seguimiento al alumnado que realiza el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo ( FCT), hasta un máximo de tres vistas por alumno o alumna.
Hasta la presente, nuestra Consejería de Educación y Deporte nos había deleitado con auténticos ejercicios de malabarismo de cifras y unas matemáticas muy creativas que pretendían distraernos de sus verdaderas intenciones, que no son otras que continuar favoreciendo el desembarco de empresas y fondos de capital en el ámbito de la enseñanza, percibida como una importante oportunidad de negocio, aún a costa de empobrecer un servicio público esencial y precarizar las condiciones de trabajo de las trabajadoras y los trabajadores de la Enseñanza Pública, así como la disponibilidad de recursos materiales y financieros de los centros educativos públicos de Andalucía. Ahora van un paso más allá y hacen lo mismo con el lenguaje, fijando sin ningún pudor un máximo y un mínimo equivalentes, en un perverso juego de palabras, repartido en dos disposiciones normativas diferentes, con el que reducen a la nada la libertad de cátedra del personal docente y limitan considerablemente la autonomía pedagógica y de gestión de los centros educativos, así como el derecho del alumnado a una educación de calidad.
Nos parece una aberración que se cambien las reglas de juego a estas alturas de curso, ya que si el profesorado ha realizado más de 3 visitas durante el curso, necesarias a buen seguro para hacer un buen seguimiento, ese excedente de gastos tendrá que ser cubierto por los propios recursos económicos del centro, que ya resultan escasos para atender las múltiples necesidades de todo tipo y se encuentran bastante mermados en estas fechas; no queremos ni imaginar otra feliz ocurrencia que termine por sufragar estas visitas con el bolsillo de nuestras y nuestros docentes. Además, las citadas instrucciones perjudicarán con toda probabilidad este trabajo de seguimiento, ya que el profesorado limitará el número de visitas en función del dinero con el que pueda contar.
Andalucía, 10 de junio 2021