Los servicios jurídicos de USTEA presentaron en su día recurso contra la resolución de la Consejería de Educación, referida a una profesora en reducción voluntaria de jornada durante el curso 2018/2019, según la cual esa circunstancia implicaría también la reducción proporcional de las retribuciones, incluido el complemento de tutoría.
La profesora en cuestión tuvo concedida una reducción de jornada, pese a que realizó las tutorías de manera completa, no percibiendo, por el contrario, de manera íntegra el complemento de tutoría.
Finalmente el juzgado de la contencioso administrativo que ha dictado ahora sentencia indica que esas funciones de tutoría no se ejercieron de forma reducida, ni con inferior dedicación que el resto de los docentes del centro. Y por parte de la Administración, que es a quien incumbía acreditar esta circunstancia, tampoco se ha probado que esas labores de tutoría la actora las ejerciera de forma inferior al resto de sus compañeros que han percibido el complemento de forma íntegra.
Pero es que además, señala la sentencia, el desempeño de dicho cargo no puede desempeñarse parcialmente, puesto que o bien se desempeña y se realizan todas las funciones inherentes al cargo, o bien no se desempeña. No cabe pues, según la sentencia, la posibilidad de poder ejercerlo de forma reducida, circunstancia que en todo caso tampoco se ha acreditado por la Administración Educativa.