LO QUE DICE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS:
En la “Guía sobre el uso de videocámaras para seguridad y otras finalidades” publicada por la AEPD (https://www.aepd.es/es/documento/guia-videovigilancia.pdf), páginas 39 y 40, dice textualmente:
¿QUÉ HACER SI NO SE RESPETAN EN TU CENTRO ESTAS INDICACIONES?
Pide cortésmente a la dirección de tu centro que revise el cumplimiento de estas indicaciones, señalando el o los aspectos problemáticos observados. También puedes pedirlo en claustro y que conste en acta.
En caso de que no atiendan tu petición, registra en tu centro un escrito simple solicitando que se cambien los aspectos problemáticos observados, señalando las indicaciones de la AEPD que se incumplen y añadiendo que, en caso de que no sean corregidos, vas a presentar denuncia ante la AEPD (en su registro de reclamaciones ordinarias: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do ) con este modelo: https://acortar.link/FGS1yU